10.14718/revfinanzpolitecon.v15.n2.2023.6

Artículos de investigación
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Derechos sociales y culturales en el trabajo artístico:
un análisis exploratorio de artistas chilenos y mexicanos durante tiempos pandémicos

Social and Cultural Rights in Artistic Work:
An Exploratory Analysis of Chilean and Mexican Artists During Pandemic Times


Javier Reyes-Martínez*
Carlos Alejandro Andrade-Guzmán**

*Ph. D. in Social Work y doctor en Bienestar Social. Profesor-investigador, Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), División de Administración Pública, Ciudad de México (México).
javier.reyes.academia@gmail.com;
javier.reyes@cide.edu
0000-0002-2901-3003

**Ph. D. in Social Work; Doctor en Trabajo Social y Políticas de Bienestar. Académico del Departamento de Trabajo Social, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Chile, Santiago (Chile).
carlos.andrade@uchile.cl
0000-0003-4150-032X


Recibido: 14 de octubre de 2022
Evaluación: 15 de febrero de 2023
Aprobado: 10 de abril de 2023


Como citar : Reyes-Martínez, J., y Guzmán-Andrade, C. (2023). Derechos sociales y culturales en el trabajo artístico: un análisis exploratorio de artistas chilenos y mexicanos durante tiempos pandémicos. Revista Finanzas Y Política Económica, 15(2) 441-464. https://doi.org/10.14718/revfinanzpolitecon.v15.n2.2023.6


Resumen

El presente artículo busca responder qué características sociodemográficas y condiciones del trabajo artístico se relacionan con el ejercicio de diferentes derechos en artistas residentes de Chile y México. Para ello se diseñó un estudio exploratorio-explicativo utilizando datos primarios (n = 94). Para el análisis se recurrió a un modelo de regresión logística. Los resultados principales muestran que diversas características sociodemográficas (p. ej., el ser mujer o ser más joven) o condiciones de trabajo (p. ej., el tener un mayor porcentaje de ingresos de actividad artística) se asociaron con un menor ejercicio de los derechos a la seguridad social, a los servicios de salud, a la vivienda y al uso del tiempo libre, en el marco de la pandemia por covid-19. Estos resultados señalan la necesidad de políticas públicas, programas e intervenciones que minimicen las condiciones estructurales del mercado laboral actual y que garanticen a los artistas la práctica de sus derechos.

Clasificación JEL: K38, J44, J81, J83.

Palabras clave: derechos económicos, sociales y culturales, características sociodemográficas, condiciones del trabajo, Covid-19, artistas, Chile, México.


Abstract

In this paper, we seek to define the sociodemographic characteristics and working conditions of artists who live in Chile and Mexico and how they are related to their exercise of rights. In order to do so, we designed an exploratory-explanatory research based on the primary data (n =94). For the analysis, the logistic regression model was used. The main results show how various sociodemographic characteristics (e.g. the fact of being a woman or a younger person) or working conditions (e.g. the fact of having a higher of income from an artistic job) are associated to a reduced access to social security, health services, adequate housing and the use of free time in the context of the COVID-19 pandemic. The aforementioned results point to the necessity of new public policies, programs and interventions to minimize the negative, current working conditions as a means to provide protection to artists' rights.

Keywords: Economic, social and cultural rights, socio-demographic characteristics, working conditions, COVID-19, artists, Chile, México.

INTRODUCCIÓN

Los artistas y otros trabajadores del sector cultural han sido señalados como clave en la producción de riqueza y cohesión social, la eliminación de las desigualdades sociales y en el cuestionamiento del capitalismo, que si bien pueden sonar como funciones utópicas, sugieren la capacidad transgresora del acto artístico (Rajiu, 2011). De igual manera, se ha atribuido a los artistas su influencia en la defensa de los derechos culturales y en la construcción de políticas culturales (Sanz, 2018), en la promoción del bienestar y el fomento a la justicia social y la equidad social (Gustam, 2014; Vich, 2014), en la promoción de la calidad de vida emocional y el estilo de vida creativo (Ra-iu, 2011), o incluso en la construcción de ciudades y comunidades justas, que permitan la equidad, la democracia y la diversidad (Müller, 2019). Sin embargo, a pesar de su importancia, los artistas1 constituyen un colectivo que se encuentra en situación de precariedad, es decir que forman un conjunto de individuos en condición permanente de desventaja estructural y, por ende, con un alto grado de vulnerabilidad socioeconómica (Abbing, 2011; Cherbo, 2008; Feregrino, 2011; Gill & Pratt, 2008; Guadarrama, 2019; Reyes-Martínez & Andrade-Guzmán, 2021).

El concepto de precariedad laboral hace hincapié en los aspectos negativos del trabajo (Pacheco & de la Garza, 2011) que se relacionan con procesos de desprotección y ruptura social y laboral (Castel, 2003; Mora Salas, 2011). Por tanto, una actividad laboral precarizada sería una donde se observa la suma de dichos aspectos. De igual forma, un trabajador precarizado es un individuo que lleva a cabo un trabajo precario, que además experimenta las consecuencias de la precariedad (Campbell & Price, 2016).

Es importante hacer notar que la precariedad no es monolítica, y que, por el contrario, constituye un concepto con diversos elementos. Entre las dimensiones que conforman la precariedad se encuentran la inseguridad laboral (la protección y seguridad social en diferentes momentos de la vida), la temporalidad del trabajo, la falta de control de las condiciones y los riesgos del trabajo, así como la insuficiencia de ingresos (Campos, 2010; Mora Salas, 2011; Rodgers, 1989). De igual manera, se suman otros componentes como la capacidad en el manejo de las jornadas de trabajo (lo organizacional), la gestión de las relaciones laborales (lo relacional), y la gestión de la vida cotidiana, es decir, la conciliación de las relaciones entre mundo privado y mundo del trabajo (Guadarrama, 2019).

Las condiciones laborales precarizadas de los artistas son resultado principalmente de las dinámicas del mercado laboral. Dicha forma de operar desfavorece trabajos típicos, regulados y protegidos y, por el contrario, ha promovido formas de trabajo atípicas, sin regulaciones ni protección social (Guadarrama, 2019, p. 168). Para otros, las condiciones laborales en el sector artístico y cultural son resultado de la poca o nula formación que los artistas tienen respecto a sus ingresos o porque se encuentran más interesados en recompensas no económicas, como el estatus, la satisfacción o el reconocimiento social (Abbing, 2011). Otros investigadores señalan que al ser el trabajo artístico una actividad con rasgos artesanales, se dificulta su regulación e intervención externa (Mauro, 2022). De igual manera, como parte de las narrativas actuales, la noción de ser "empresario de sí mismo" se ha normalizado, disfrazando la precariedad con autonomía (Pinochet Cobos et al., 2021). Independientemente de las razones, la suma de estas condiciones remite a la pérdida del ejercicio de diversos derechos económicos, sociales y culturales (Castel, 2003; Mora Salas, 2011) que vulneran a los individuos y sus comunidades, y condenan a los artistas a una tensión entre la vocación, las demandas del mercado (Guadarrama, 2019) y la vida personal.

Los derechos económicos, sociales y culturales hacen referencia a un grupo de derechos humanos que han sido avalados por diversos instrumentos y normativas internacionales, entre ellos, el Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ("Protocolo de San Salvador") (1988) que contempla, entre una serie de derechos, el derecho al trabajo (art. 6), a las condiciones justas y favorables de trabajo (art. 7), a la asociación sindical (art. 8), a la seguridad social (art. 9), a la familia (art. 10), a un adecuado estándar de vida (alimentación y vivienda, art. 11), a la salud (art. 12), a la educación (art. 13) y a la cultura y los servicios culturales (art. 15) (Saul et al., 2016). Además, existen los denominados derechos de los artistas que se encuentran reconocidos por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) a través de otras herramientas, entre las que destaca la Recomendación relativa a la Condición del Artista de 1980 y sus revisiones de 2015 y 2018. Los derechos compilados en estos documentos incluyen, entre otros, el derecho a la seguridad social (art. 22), al trabajo (art. 23), al ocio y al descanso (art. 24) y a un nivel de vida adecuado (art. 25) (Reyes-Martínez & Andrade-Guzmán, 2021; Sanz, 2018). La suma de tales instrumentos reitera la titularidad de los artistas como sujetos de derecho, al mismo tiempo que refuerza la idea de que las condiciones precarias de trabajo constituyen una violación de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC).

Sin embargo, a pesar de las garantías enumeradas, los mecanismos y las políticas públicas que garantizan el cumplimiento de dichos derechos no funcionan adecuadamente, de tal manera que todos los individuos puedan ejercerlos en igualdad de condiciones (Manosalvas-Hurtado & Alvarado-Verdezoto, 2022). Sumado a esto, la pandemia de covid-19 ha agravado aún más las circunstancias del sector cultural (Escalona-Orcao et al., 2021; Mauro, 2022), cuyo contexto ya se describía como preocupante (Aguirre Lora & Alfonso, 2022). En el caso de los artistas chilenos y mexicanos, sujetos del presente estudio, la situación se ha descrito como totalmente desfavorable. A partir de la pandemia, además de la disminución del público, pérdida de empleos, y la falta de estrategias por parte de las oficinas gubernamentales encargadas del sector cultural (Cultura UNAM, 2020), se añadieron la falta de contratos permanentes, la ausencia de ingresos secundarios, la incapacidad para adaptarse al trabajo remoto (OPC, 2020; Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, 2020), las medidas sanitarias, la falta de ahorros y la pérdida de capacidad de producción artística (Cultura UNAM, 2020). A partir de la evidencia existente, se observa que entre las condiciones previas a la pandemia, más los efectos de la pandemia en sí misma, el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales de los artistas se encuentra comprometido.

Dado lo anterior, surge la siguiente pregunta: ¿de qué manera ciertas características sociodemográficas (p. ej., género, edad, estado civil, años de educación, contar con personas dependientes a cargo y país de residencia) y las condiciones del trabajo artístico (p. ej., porcentaje de ingresos provenientes de actividades artísticas, tipo de empleador, percepción de las condiciones del empleador, horas promedio dedicadas a actividades artísticas y culturales, temporalidad de los contratos y participación en asociaciones de artistas) incrementan (o disminuyen) la probabilidad del ejercicio de diferentes derechos económicos, sociales y culturales (p. ej., el derecho de la seguridad social, a los servicios de salud, a la vivienda, la seguridad alimentaria y al uso del tiempo libre y el ocio) en artistas residentes de Chile y México, en el marco de la pandemia por covid-19?

La respuesta a esta pregunta permitirá entablar una discusión sobre las circunstancias que conducen a la precarización y a la falta de derechos económicos, sociales y culturales de los artistas, además de si estas se encuentran relacionadas con factores más bien personales, o se vinculan con las condiciones laborales antes descritas. Ello, en el marco de pandemia. Esto conducirá no solo a un mayor entendimiento empírico del tema, sino, además, a la identificación de los mecanismos individuales y sociales que conducen a la precariedad de ciertos sectores laborales. En última instancia, esto contribuirá a la formulación, el diseño, la construcción y toma de decisiones en políticas públicas laborales y culturales, y programas e intervenciones basadas en evidencia para la minimización y eventual resolución de la precarización y la violación de los derechos de los artistas.

REVISIÓN DE LITERATURA

Para diversos investigadores existen una multitud de factores sociodemográficos y de las condiciones de trabajo que se encuentran asociados con la precarización laboral de los artistas y, en específico, con el mínimo o nulo ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. Entre las características sociodemográficas se ha señalado que el sexo (i. e., ser mujer) y la edad, la educación artística y la estructura del hogar están asociadas con la precarización de los artistas (Pérez-Ibáñez & López-Aparicio, 2019). De hecho, se ha evidenciado que la precarización se agudiza en las mujeres, los más jóvenes y los emigrantes (Sánchez et al., 2019). De igual manera, para las mujeres, se ha señalado que aspectos organizacionales (p. ej., presencia de multiempleo, poco o nulo control sobre las jornadas y espacios de trabajo), relacionales (p. ej., poca capacidad de negociación, masculinización del espacio de trabajo, apoyos y premios) y de la vida cotidiana (p. ej., la presencia de parejas e hijos, la estructura familiar) se interseccionan con las condiciones laborales (Guadarrama, 2019; Pino, 2022; Bulloni et al., 2022; Manosalvas-Hurtado & Alvarado-Verdezoto, 2022). Otros aspectos sociodemográficos relevantes se encuentran en las habilidades y los conocimientos. Por ejemplo, se ha mencionado que la falta de pericia tecnológica, y el nivel y tipo de educación son factores determinantes en la problemática de los artistas (Cherbo, 2008).

En relación con las condiciones laborales, diversos estudios han mencionado que los factores que conducen a la precarización laboral están relacionados con la necesidad de reconocimiento social, económico y cultural de los artistas, que llevan a la intensificación de las horas de trabajo, la diversidad de actividades laborales y, en resumen, a la autoexplotación (Turrini & Chicchi, 2013). Otros componentes importantes son la inseguridad en el empleo (i.e., contratos no formales, de corta duración o sin contrato), el aumento de la carga de trabajo, la disminución de los ingresos y la desregulación de las condiciones de protección, a los que se suman la falta de información de los derechos laborales por parte de los artistas (Sánchez, et al., 2019). La inseguridad laboral también es resultado de las condiciones legales, como la presencia o carencia del acceso a los derechos de autor y, en general, a las medidas de protección de la propiedad intelectual (ver, p. ej., Heredia-Carroza et al., 2019). Estas condiciones de trabajo se reflejan en formas de contratación que recurren a esquemas de subcontratación; jornadas laborales largas, con poca oportunidad para el descanso; condiciones irregulares para desempeñar el trabajo (i.e., distintos espacios en diferentes momentos); y sin protección para los dependientes o la familia (Feregrino, 2011). De igual forma, la proporción de ingresos provenientes de la actividad artística, la relación con los empleadores y la falta de participación en colectivos o asociaciones de artistas inciden en la precarización de los artistas (Pérez-Ibáñez & López-Aparicio, 2019). Sobre este último aspecto, investigadores señalan la importancia de los espacios colectivos, las colaboraciones (Bain & McLean, 2013) y las asociaciones para mejorar las condiciones de los artistas y sus relaciones con los empleadores, de tal forma que se pueda propiciar el cambio institucional (Pasquinelli & Sjöholm, 2015). También, los empleadores juegan un rol fundamental en la precarización, especialmente los del sector público, donde se evade la responsabilidad social hacia los artistas (Sánchez et al., 2019).

Para Cherbo (2008), el operar como artista independiente conduce a ciertas problemáticas laborales. Sin embargo, como señala la autora, un elemento central, y que marca la diferencia entre países, es la infraestructura y política pública que en cada nación se construye para atender al sector cultural y los artistas. Este papel del territorio es también mencionado por otras investigaciones donde se identifica la importancia del contexto para el desempeño de la actividad artística, y cómo esto puede ser favorable o desfavorable para los artistas (Mahon et al., 2018; Reyes-Martínez & Andrade-Guzmán, 2021; Manosalvas-Hurtado & Alvarado-Verdezoto, 2022). De hecho, se ha evidenciado el papel del territorio como un espacio de encuentro, pero también de concentración y dominación de los bienes culturales, particularmente en las zonas urbanizadas (Scott, 1997). De ahí se desprende que ejercer el arte en contextos rurales o con altos índices de violencia, pueda incidir en la precarización (Mahon et al., 2018; Reyes-Martínez & Andrade-Guzmán, 2021).

A pesar de estos avances, pocos estudios centran el foco de análisis en los derechos económicos, sociales y culturales de los artistas (Reyes-Martínez & Andrade-Guzmán, 2021; UNESCO, 2004; Sanz, 2018) o en la precarización derivada de la falta del ejercicio de tales derechos (Guadarrama, 2019; Pino, 2022).

Por ejemplo, en el estudio de Guadarrama (2019), la autora explora las trayectorias de vida de músicos mexicanos, entrelazando la relación entre dichas trayectorias y decisiones personales con el contexto social y las condiciones del mercado laboral. La autora destaca las diferentes dimensiones de la precariedad de los artistas, y cómo estas se interrelacionan con la vida cotidiana y atributos como el sexo (o género). Igualmente, enfatiza en las constantes tensiones e incongruencias entre la vocación, la valoración de la profesión y su estimación económico-laboral que conduce a condiciones precarias de trabajo. Otro estudio relacionado es el propuesto por Reyes-Martínez y Andrade-Guzmán (2021), donde se exploran las condiciones de un grupo de artistas mexicanos de diferentes disciplinas en un contexto de violencia y pauperización. En la investigación, los autores concluyen que ser artista se encuentra estrechamente vinculado con la ausencia del ejercicio de diversos derechos económicos, sociales y culturales, y que esto resulta independiente de la disciplina artística o el género. Igualmente, a pesar del reconocimiento personal y social que obtienen los artistas, los derechos terminan ejerciéndose a través del mercado, antes que desde la oferta garantizada por el Estado, lo que perpetúa la vulnerabilidad en que se encuentran. Por último, otro estudio, realizado por Manosalvas-Hurtado y Alvarado-Verdezoto (2022) indaga en los derechos de mujeres artistas e indígenas en Ecuador. En dicho análisis, los autores señalan que a pesar de que existe el andamiaje legal necesario para el reconocimiento de los derechos de los artistas, este no es funcional, si no se construyen las políticas públicas que aseguren su cumplimiento. Tal situación, por supuesto, conduce a la precarización laboral, pero, además, a la falta del acceso a los servicios de salud, libertad creativa y el derecho al trabajo digno.

Este recorrido por la literatura del tema sobre las condiciones de los artistas da cuenta de diferentes aspectos o factores que pueden incidir en la precariedad del trabajo artístico, entre características sociodemográficas y condiciones laborales. También, pone en evidencia la falta de estudios e investigaciones que relacionen la precariedad desde el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. En otras palabras, aunque se ha evaluado al trabajo artístico desde circunstancias y perspectivas amplias, poco se ha analizado desde el marco de los derechos humanos, encuadre del presente documento.

HIPÓTESIS

Considerando lo expuesto en la revisión de la literatura, se formulan las siguientes hipótesis:

H1. El ser mujer, más joven, encontrarse en una relación de pareja, tener menor nivel educativo, contar con personas dependientes y residir en México disminuyen la probabilidad de ejercer los derechos a la seguridad social, a los servicios de salud, a la vivienda, la seguridad alimentaria y al uso del tiempo libre y el ocio.

H2. El tener un mayor porcentaje de ingresos de actividad artística, tener como principal empleador al sector público, tener baja percepción de las condiciones del empleador, dedicar una mayor cantidad de horas a la actividad artística, trabajar principalmente bajo contratos eventuales y no participar en asociaciones de artistas, disminuyen la probabilidad de ejercer los derechos a la seguridad social, a los servicios de salud, a la vivienda, la seguridad alimentaria y al uso del tiempo libre y el ocio, en artistas residentes de Chile y México.

MATERIALES Y MÉTODOS

Diseño

Para identificar la relación entre características sociodemográficas, condiciones del trabajo artístico y derechos sociales, se plantea un estudio cuantitativo de datos primarios, con alcance exploratorio-explicativo. En este sentido, la vertiente exploratoria se sostiene en que la temática de este trabajo se percibe como poco indagada. Explicativo, en tanto busca explicar cambios en variables dependientes, a raíz de modificaciones en variables independientes. Ello, sin comprender lo explicativo como únicamente dependiente de estudios de causalidad.

Base de datos y muestreo

Los datos fueron producidos en el marco de la investigación "Estudio internacional sobre la disposición subjetiva al quehacer laboral remoto post covid-19: relevando imaginarios profesionales", financiada por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), de Chile. En dicho estudio, un área de trabajo fue destacar las condiciones para el ejercicio profesional en el mundo del arte en Chile y México, cuyos datos se utilizan en este trabajo. En el estudio se buscó recabar información acerca de las condiciones y experiencias de los artistas y otros trabajadores del sector creativo y cultural antes y durante la pandemia por covid-19. Entre los temas que se incluyeron en el cuestionario de la encuesta destacan: a) características sociodemográficas del individuo y su estructura familiar, b) caracterización del ser artista, c) condiciones laborales en el trabajo artístico, d) opiniones y experiencias sobre el trabajo artístico al inicio de la pandemia por covid-19 y e) opiniones y experiencias sobre el trabajo artístico durante la pandemia por covid-19.

Los cuestionarios se llevaron a cabo en modalidad online, entre abril y junio de 2022. Los participantes fueron seleccionados utilizando un muestreo por conveniencia, considerando como criterios principales que fueran mayores de 18 años, que practicaran una disciplina artística o un trabajo en el sector creativo y cultural, y que tuvieran acceso a Internet. Un total de 108 personas provenientes de Chile y México contestaron el cuestionario. Para este documento se consideran las 94 que declararon dedicarse al trabajo artístico.

Medidas

En el presente estudio se utilizan como variables dependientes el ejercicio de los diversos derechos económicos, sociales y culturales como el acceso a la seguridad social (i. e., contar con seguro de jubilación o desempleo), el acceso a los servicios de salud, el derecho a la vivienda, a la seguridad alimentaria y al uso del tiempo libre y el ocio. En todos los casos, estos indicadores se utilizaron como variables dicotómicas que muestran si se ejerce o no el mencionado derecho, las cuales fueron categorizadas con 0 = no y 1 = si.

Como variables independientes se consideraron diversas variables que han sido referidas en la literatura como asociadas con el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales y la precariedad. En un primer grupo se encuentran diferentes características sociodemográficas como el género con el que se identifica la persona al momento de responder la encuesta (1 = masculino, 2 = femenino o 3 = no binario), edad (en años), situación de pareja (0 = sin pareja o 1 = con pareja), años de educación (grado máximo de estudios completados), número de personas dependientes y país de residencia (1 = Chile o 2 = México). En un segundo grupo de variables se tomaron en cuenta las condiciones del trabajo artístico, tales como el porcentaje de ingresos provenientes de actividades artísticas, el tipo principal de empleador (1 = independiente, 2 = sector público o 3 = privado), la percepción de las condiciones del empleador (en una escala numérica del 1 al 10), las horas promedio a la semana dedicadas a actividades artísticas y culturales, la temporalidad de los contratos (1 = eventuales, 2 = de medio tiempo o 3 = de tiempo completo) y la participación en asociaciones de artistas, disciplinarias o gremiales (0 = no, 1 = si).

Las variables aquí propuestas han sido seleccionadas a partir de la revisión de literatura, particularmente, los trabajos de Guadarrama (2019) y Feregrino (2011) y, en menor medida, en la investigación de Sánchez et al. (2019) y Pérez-Ibáñez y López-Aparicio (2019).

Técnicas de análisis de datos

En primer lugar, se realizó un análisis descriptivo de las variables utilizadas en este trabajo. En el caso de las variables categóricas se calcularon frecuencias absolutas y relativas, mientras que para las variables cuantitativas de razón se estimaron la media, desviación estándar, varianza, asimetría y curtosis.

En segunda instancia, se realizó un análisis de regresión logística. Esta técnica permite explorar el efecto de cada variable independiente sobre la probabilidad de ocurrencia del evento (Long & Freese, 2014, p. 180). En términos matemáticos, la prueba puede representarse como en la Ecuación 1.

En el presente estudio, el modelo principal se compone de una de las variables dependientes seleccionadas (el ejercicio de uno de los derechos sociales) más todas las variables independientes, tanto características sociodemográficas como condiciones labores.

Por último, se estimaron los odds-ratio a fin de facilitar la interpretación de los resultados (Ecuación 2). Dicha estimación permite observar cómo la variable independiente tiene un efecto en la dependiente.

donde los cambios en X indican un aumento o disminución en las posibilidades de que ocurra por un factor de eβ, manteniendo todas las variables constantes.

Todos los análisis fueron realizados en Stata 17.0.

RESULTADOS

Resultados descriptivos

La Tabla 1 resume las estadísticas descriptivas de las variables utilizadas en este estudio. En primer lugar, el ejercicio de los derechos sociales resulta irregular en los artistas encuestados. De tal manera que el 38% de ellos tienen acceso a la seguridad social, el 61% a los servicios de salud, el 30% a la vivienda, el 86% a la seguridad alimentaria y el 48% al uso del tiempo libre y ocio. De igual manera, se puede observar que el 54% de los entrevistados se identifican con el género masculino, mientras el 37% se identifica con el género femenino, y el 8% como no binarios. La media de la edad es de 40 años, mientras que la media de años de educación es de 16 años. Otro aspecto destacable es el promedio de ingresos por actividades artísticas (34%) que sugiere la existencia del multiempleo (es decir, de la presencia de otras actividades laborales, además de la artística).

Tabla 1. Estadísticas descriptivas de las variables del estudio

Fuente: elaboración de los autores a partir de los datos recabados en la encuesta.
Nota. N: observaciones, D.S.: desviación estándar, Var: varianza, Asim: asimetría, Curt: curtosis, Min: mínimo, Max: máximo


Resultados de la regresión logística

A partir del análisis de regresión logística se logró identificar que de los cinco modelos probados, solo cuatro de ellos fueron estadísticamente significativos: los que tienen como variables dependientes el ejercicio del derecho a la seguridad social (p < 0,001), a los servicios de salud (p < 0,001), a la vivienda (p < 0,01) y al uso del tiempo libre y el ocio (p < 0,001); pero no el que contempla la seguridad alimentaria (p > 0,05) (Tabla 2).

Tabla 2. Resultados de la regresión logística, coeficientes y odds-ratio

Fuente: elaboración de los autores a partir de los datos recabados en la encuesta.
Nota. Errores estándar en paréntesis. En comparación con a) masculino, b) sin pareja, c) Chile, d) independiente, e) contrato eventual, f) no.
* p < 0,05, ** p < 0,01, *** p < 0,001.


En cada modelo, las variables significativas son diferentes, aunque es posible notar que algunos patrones y la dirección de las asociaciones es constante. Por ejemplo, el identificarse con el género femenino reporta una asociación estadísticamente significativa y negativa con el ejercicio a la seguridad social y el acceso a los servicios de salud, lo que implica menos posibilidades de ejercer estos derechos, en comparación con aquellos identificados con el género masculino. Para la edad, también se observa una relación significativa, aunque positiva, con la seguridad social y el derecho a la vivienda. Esto implica que, a mayor edad, mayor probabilidad de ejercer estos derechos. Para los que reportan encontrarse en una relación, se presenta una relación significativa y positiva con la seguridad social, el derecho a la vivienda y el tiempo libre, lo que significa que quienes tienen pareja, poseen mayores chances de cumplir con estos derechos. Respecto a los años de educación, se observa una asociación positiva con el ejercicio del derecho a la vivienda, lo que sugiere que, a mayor cantidad de años de educación, mayores probabilidades se tiene de contar con este beneficio. En el caso de los residentes en México, en comparación con los residentes en Chile, la asociación con el ejercicio del derecho a los servicios de salud es significativa y negativa. En otras palabras, los artistas que viven en México tienen menos posibilidad de ejercer el derecho a la salud, en comparación con sus contrapartes chilenas. Igualmente, aquellos que reportan tener más personas dependientes muestran una asociación negativa con el tiempo libre, lo que sugiere que, a mayor número de dependientes, menos posibilidades existen de ejercer el derecho al tiempo libre.

En la Tabla 2 también se muestra la asociación entre el ejercicio de los derechos con las condiciones de trabajo. Por ejemplo, los participantes que reportan una mayor proporción de ingresos obtenidos por sus actividades artísticas presentan una asociación estadísticamente significativa y negativa con el acceso a los servicios de salud. Esto sugiere que a mayor proporción de ingresos obtenidos de las actividades artísticas, menor posibilidad existe de ejercer el mencionado derecho. Un efecto similar ocurre con los que dedican más tiempo a las actividades artísticas, pues se observa una relación negativa con la seguridad social y los servicios de salud, lo que indica que a más tiempo dedicado a la actividad artística, menor posibilidad hay de contar con dichos derechos. Contrariamente, la calificación de las condiciones del empleador muestra una relación positiva con el acceso a los servicios de salud; es decir que aquellos que puntúan mejor sus condiciones tienen mayor probabilidad de contar con dichos servicios. Por último, aquellos que participan en asociaciones de artistas reportan una asociación negativa con el tiempo libre. Esto sugiere que quienes participan en agremiaciones, en comparación con quienes no, tienen menos chance de ejercer el derecho al uso del tiempo. En el caso del tipo principal de empleador y de la temporalidad del contrato, no se observa una relación estadísticamente significativa con alguna de las variables dependientes.

Respecto a los odd-ratio es posible notar que, manteniendo todas las demás variables constantes, un encuestado que se identifica en el género femenino tiene 0,08 y 0,05 más o menos posibilidades de ejercer su derecho a la seguridad social o a los servicios de salud, en comparación con alguien que se identifica como del género masculino (es decir, una probabilidad negativa). De manera similar, aquellos que residen en México tienen 0,14 veces más posibilidades de contar con servicios de salud, en comparación con los artistas chilenos, manteniendo todas las demás variables constantes. Similarmente, aquellos que reportan mayor porcentaje de ingresos provenientes de actividades artísticas, así como aquellos que reportan mayor número de horas promedio de dedicación a las actividades artísticas, tienen menor posibilidad de contar con servicios de salud (0,01 y 0,97, respectivamente).

DISCUSIÓN

Los resultados obtenidos muestran que, en el caso de los artistas encuestados y en el marco de la pandemia por covid-19, ciertos atributos sociodemográficos como el género, la edad, el estado civil, los años de educación, el país de residencia y la cantidad de personas dependientes se encuentran asociados con el ejercicio de los derechos a la seguridad social, los servicios de salud, vivienda y uso del tiempo libre y el ocio.

De manera específica, los hallazgos relacionados con el género resultan particularmente preocupantes porque describen una sexualización en el ejercicio de los derechos a la seguridad social y a los servicios de salud que vulnera principalmente a aquellas personas identificadas como del género femenino, pero también a las personas autoidentificadas como no binarias. Estos resultados convergen con evidencia previa, que señala una mayor precarización de las mujeres artistas en diferentes contextos e intersecciones (Guadarrama, 2019; Pino, 2022; Bulloni et al., 2022; Manosalvas-Hurtado & Alvarado-Verdezoto, 2022; Pérez-Ibáñez & López-Aparicio, 2019; Sánchez et al., 2019). Sin embargo, no se encontraron investigaciones que relataran la condición de los artistas con identidades no binarias. Esto abre una interrogante que conduce a una potencial línea de investigación sobre este grupo social en el ámbito artístico y el ejercicio de sus derechos.

En el caso de la edad, tal como se observa en la literatura del área, aquellos con mayor edad reportan ejercer sus derechos a la seguridad social y a la vivienda. De manera similar, a mayor número de años de educación completada (formal y genérica), mayor chance existe de ejercer el derecho a la vivienda. Estos datos sugieren que los artistas más jóvenes o con menor educación se encuentran en posiciones de mayor vulnerabilidad socioeconómica (Cherbo, 2008; Sánchez et al., 2019) que aquellos de mayor edad y con más años de educación, lo que enfatiza las desigualdades condicionadas por atributos individuales. Esto, en otras palabras, sugiere la existencia de un proceso de estratificación social que desfavorece a unos, mientras favorece a otros: aquellos que poseen más recursos.

Por otra parte, los que se encuentran en situación de pareja reportan mayores posibilidades de ejercer sus derechos a la seguridad social, la vivienda y el tiempo libre. Por el contrario, aquellos individuos que declaran mayor número de dependientes económicos muestran una tendencia a la pérdida del uso del tiempo libre, lo que sugiere una posición que enfatiza pobreza de tiempo que afecta al individuo y, probablemente, a la familia completa. En este sentido, otras investigaciones implican que las estructuras familiares más complejas predisponen a la precariedad (p. ej., porque demandan más recursos y mayores labores de cuidado), lo que es respaldado por los resultados en el número de dependientes (Guadarrama, 2019). Esto, sin contar los efectos negativos que pudo tener la pandemia para las condiciones familiares que, de acuerdo con estudios previos, se han agravado (Reyes-Martínez & Andrade-Guzmán, 2022). En ese sentido, se puede destacar el rol del Estado en las tareas de cuidados que, aunque no se ve capturado en este estudio, ha sido ampliamente documentado en la literatura. Esto lleva a profundizar en futuros estudios sobre las condiciones familiares de los artistas y su relación con otros atributos, como el nivel socioeconómico o el acceso a los servicios básicos.

Otra relación importante es la que se observa entre el país de residencia y el ejercicio al derecho a la salud. La circunstancia de residir en México, en comparación con vivir en Chile, resulta en una asociación negativa con los servicios de salud, lo que conduce a pensar, tal como lo señala Cherbo (2008), que las políticas públicas (de salud, laborales y culturales) no crean las condiciones necesarias ni el bienestar social requerido para los artistas mexicanos. Esto quiere decir que el contexto determina mejores condiciones para unos artistas que para otros (Mahon et al., 2018; Reyes-Martínez & Andrade-Guzmán, 2021; Manosalvas-Hurtado & Alvarado-Verdezoto, 2022). Al igual que con otros aspectos, esta diferencia bien puede profundizarse en futuras investigaciones sobre el alcance de la política cultural y su relación con la política social.

De igual manera, diversas condiciones del empleo artístico muestran una relación con el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. Por ejemplo, entre las condiciones que afectan negativamente la posibilidad de ejercer los mencionados derechos se encuentran el porcentaje de ingresos obtenidos por la actividad artística, así como las horas promedio dedicadas a esta labor. En ambos casos, aquellos que señalan mayor porcentaje de ingresos o más horas dedicadas, también muestran menores posibilidades de ejercer sus derechos a la seguridad social o a los servicios de salud. Estos resultados remiten a que aquellos artistas que dedican más tiempo y esfuerzo a las actividades artísticas (y por tanto tienen una proporción mayor de ingresos de esa actividad) tienen peores posibilidades de acceder a ciertos derechos. De esta manera, sin importar que se dediquen más horas al trabajo artístico, se sigue sin alcanzar o ejercer ciertos derechos básicos, meramente por ser artista (Reyes-Martínez & Andrade-Guzmán, 2021). Estas condiciones, donde se intensifican las horas de trabajo y la carga laboral, señalan un fenómeno de autoexplotación que no converge en mejoras sociales o en una evitación de la precarización (Feregrino, 2011; Sánchez et al., 2019; Turrini & Chicchi, 2013).

Otro aspecto que incide negativamente en el ejercicio de los derechos, específicamente, el derecho del uso del tiempo libre, es la participación en asociaciones y grupos de artistas. Contrariamente a lo que sugiere la literatura (Pasquinelli y Sjöholm, 2015; Pérez-Ibáñez & López-Aparicio, 2019), de acuerdo con los datos producidos en este estudio, aquellos artistas que sí participan en este tipo de agrupaciones tienen una menor posibilidad de acceder al tiempo libre, es decir, que experimentan pobreza de tiempo en el contexto de pandemia por covid-19. Si bien la relación con otros derechos no resulta significativa, será importante en futuras investigaciones identificar de manera más detallada si la participación en asociaciones (i. e., el ejercicio de la agencia) tiene efectos indirectos positivos en el acceso a otros beneficios laborales o, incluso, a ventajas sociales tales como el prestigio.

Solo un factor, la percepción de las condiciones del empleador, muestra una relación positiva con el ejercicio de los derechos a la salud. En otras palabras, aquellos que califican de mejor manera su relación con el empleador principal tienen mayores posibilidades de acceder a los servicios de salud. En ese sentido, diversos autores han señalado la importancia de las llamadas dimensiones subjetivas de la precariedad, que buscan enfatizar no solo las condiciones de trabajo, sino además, la manera en que son apropiadas o entendidas por los sujetos, lo que sugiere que trabajadores individuales pueden tener diferentes experiencias respecto a los mismos trabajos, pues las percepciones pueden intermediar entre las características del trabajo y los trabajadores (Campbell & Price, 2016). De igual forma, dichas percepciones pueden no estar completamente ligadas con los hechos materiales, por lo que bien podrían arrojar resultados alternos. Adicionalmente, aunque la literatura en el área es ambigua al respecto, habrá que considerar (e investigar a mayor profundidad) si en la relación entre percepción de las condiciones del empleo y el acceso a los servicios de salud no existe una relación recíproca, es decir que se condicionen mutuamente.

Considerando todo lo anterior, es posible señalar que tanto la hipótesis 1 como la hipótesis 2 se cumplen parcialmente, pues aunque diversas variables mostraron las relaciones y direcciones de la relación hipotetizadas (p. ej., género, edad), otras mostraron resultados nulos (p. ej., el tipo de empleador), e incluso inversos a los esperados (p. ej., participación en asociaciones). Esto, entre otras cosas, señala la necesidad de continuar explorando muchas de las condiciones y características que se relacionan con el ejercicio de los derechos y la precariedad de los artistas.

CONCLUSIONES

Los hallazgos aquí presentados muestran que existe una relación entre diferentes características sociodemográficas, condiciones laborales y el ejercicio de los derechos a la seguridad social, salud, vivienda y uso del tiempo libre. Esto nos lleva a diferentes implicaciones.

En primera instancia, es posible observar que ciertos grupos, que usualmente se encuentran en situación de vulnerabilidad, resultan ser también los de menor acceso a las mencionadas condiciones sociales. Entre estos se encuentran las mujeres, los más jóvenes, los que tienen menor alcance educativo, así como los que cuentan con el mayor número de dependientes. Esto nos habla de distintos procesos de estratificación social que conducen a desigualdades estructurales que no dependen de los individuos, sino de las condiciones del entorno, lo cual se acentúa cuando observamos que el ejercicio al servicio de salud se encuentra condicionado por el país de residencia. Será pues importante, desde las diferentes instancias y oficinas del sector cultural (p. ej., la Secretaría de la Cultura, en México, y El Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en Chile), el diseño y la ejecución de programas e intervenciones que amortigüen los efectos de tales circunstancias estructurales y garanticen a estos grupos ser partícipes del goce de sus derechos.

De igual manera, los tomadores de decisiones (i. e., políticos y diseñadores de políticas públicas) deberán revisar las condiciones que conducen a los artistas a la precariedad, y, en consonancia, formular las políticas públicas necesarias para la regulación de las actividades del sector artístico y cultural. Entre las medidas por tomar se observan las políticas referentes a los llamados trabajos "atípicos" o "hiperflexibilizados", como se categorizan los de este sector. Especialmente, las normativas relacionadas con los empleadores, las formas y los tipos de contratación, y, por supuesto, la reglamentación de las relaciones entre empleadores y artistas, con énfasis en aquellas que ocurren en el sector público.

Por último, no se puede menospreciar el rol de las asociaciones y los gremios de artistas que han demostrado tener un papel relevante en la consecución de algunos derechos. En ese sentido, las asociaciones deben verdaderamente propender a objetivos colectivos que promuevan la mejora de las condiciones laborales de los artistas, y no, por el contrario, convertirse en espacios de intereses particulares, donde no se llega a acuerdos conjuntos o que resultan en divisiones más perjudiciales para los movimientos.

Sobra decir que la atención a algunos de estos aspectos podría conducir a una mejora de las condiciones laborales de los artistas y, consecuentemente, al cumplimiento de sus derechos económicos, sociales y culturales, poniendo fin así a la precariedad.

LIMITACIONES

Las principales limitaciones en este estudio están relacionadas con el diseño transversal de la encuesta, que no permite inferir causalidad. A pesar de dicha limitante, esta investigación provee evidencia empírica útil en el estudio de los derechos económicos, sociales y culturales que se encuentran asociados con la precariedad de los artistas chilenos y mexicanos.

AGRADECIMIENTOS Y FINANCIACIÓN

Se agradece el apoyo de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID) de Chile, a través del proyecto FOVI210050: "Estudio internacional sobre la disposición subjetiva al quehacer laboral remoto post COVID-19: relevando imaginarios profesionales", investigación desarrollada en el marco del Núcleo de investigación sobre las profesiones en las sociedades contemporáneas de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.


NOTAS

1 En el presente estudio se considera como artistas a aquellos trabajadores del sector de la cultura y de las artes, ya sean creadores e intérpretes (músicos, directores, escritores, periodistas ) y artesanos o técnicos (ingenieros en sonido, editores, fotógrafos, diseñadores) (Miller, 2018) que, además, se autoidentifiquen o categoricen como tales (para más sobre esta discusión, ver, p. ej., Baldin & Bille, 2021; Mitchell & Karttunen, 1992).


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